martes, 5 de abril de 2016

DERECHOS DEL TRABAJADOR



  •   Jornada laboral de 48 horas (8 horas diarias o 48 horas semanales)
  •   Descanso semanal obligatorio (24 horas continuas, de preferencia el domingo).
  •   Descanso en días feriados no laborables.
  •   Vacaciones (15 días)
  •   Remuneración acordada con el empleador (no es obligatorio pagar el sueldo mínimo)
  •   Compensación por Tiempo de Servicios (equivalente a ½ remuneración por año laborado)
  •   Gratificación por fiestas patrias y navidad (equivalente a ½ remuneración)
  •   Seguro social si trabaja como mínimo cuatro horas diarias


0 comentarios:

Publicar un comentario